No has podido pagar el IVA o el IRPF de tu actividad y temes lo que viene. Lo más importante que debes saber: no presentar es peor que no pagar. Presenta las declaraciones aunque no puedas ingresar, porque las sanciones por no declarar son mucho mayores que los recargos por pagar tarde, y la deuda casi siempre se puede aplazar.
En este artículo
Vamos con las consecuencias reales según cada caso y con lo que te conviene hacer en Manresa.
Qué impuestos paga un autónomo
Básicamente el IVA (modelo 303 trimestral), el IRPF mediante pagos fraccionados (modelo 130) y la declaración de la renta anual, además de las retenciones si tienes trabajadores o local. El problema aparece cuando no llegas a pagar alguno de ellos.
Qué pasa si no los pagas o no los presentas
Cambia mucho según quién dé el primer paso:
| Situación | Consecuencia |
|---|---|
| Presentas tarde tú, sin que Hacienda te reclame | Recargo por extemporaneidad (art. 27 LGT): 1% + 1% por mes hasta 12 meses; a partir de ahí, 15% + intereses |
| Hacienda te descubre antes de que regularices | Sanción del 50% al 150% de lo dejado de ingresar, más intereses |
Si no reaccionas, llega la providencia de apremio y el embargo de cuentas, devoluciones o bienes. El recargo de apremio escala: 5% si pagas antes de que te notifiquen la providencia, 10% dentro del plazo del apremio y 20% más intereses después. El delito fiscal solo aparece cuando la cuota defraudada supera los 120.000 euros por impuesto y año, algo poco habitual en un autónomo pequeño, pero conviene saberlo.
Presenta aunque no puedas pagar
Es la decisión que más dinero te ahorra. Al presentar en plazo evitas la sanción por no declarar (que tiene su propia multa por cada declaración no presentada) y solo te enfrentas, como mucho, a un recargo o a los intereses del aplazamiento. Además, si te llega una sanción, se reduce por conformidad y por pronto pago (puede bajar un 30% y hasta un 40% adicional), así que valóralo antes de recurrir a ciegas.
Qué opciones tienes
- Solicita un aplazamiento o fraccionamiento a Hacienda: buena parte de las deudas se pueden aplazar sin garantías hasta cierto importe.
- Revisa cualquier sanción que te llegue: los plazos y la motivación fallan más de lo que parece, y se puede recurrir.
- Si la deuda global es inasumible y arrastras más impagos, valora la segunda oportunidad para autónomos, teniendo en cuenta que el crédito público solo se exonera de forma limitada.
Qué hacer ahora en Manresa
No esperes al embargo. Reúne tus declaraciones y lo que debes, presenta lo pendiente y plantea el aplazamiento. Si ya te ha llegado una sanción o una providencia de apremio, revísala con un abogado fiscal en Manresa antes de que venzan los plazos para recurrir.
Preguntas frecuentes
¿Es mejor no presentar si no puedo pagar?
No. Presenta siempre: no declarar se sanciona con mucho más que un simple recargo por pagar tarde.
¿Puedo fraccionar la deuda con Hacienda?
Sí, solicitando un aplazamiento o fraccionamiento, que se abona con intereses.
¿Cuándo se convierte en delito fiscal?
Cuando la cuota defraudada supera los 120.000 euros por impuesto y año.
¿La segunda oportunidad borra lo que debo a Hacienda?
Puede exonerar parte de la deuda, pero el crédito público tiene límites de exoneración.
