Abogados de responsabilidad civil en Manresa
EL DAÑO CAUSADO, INDEMNIZADO
Cuando alguien te causa un daño —físico, material o moral— el sistema te da derecho a una indemnización. Pero ese derecho no se ejecuta solo: hay un plazo corto, una aseguradora del otro lado que tira a la baja y un baremo que se aplica con criterio variable. Si no peleas, cobras una fracción de lo que vale tu caso.
En García Rius Legal asistimos a personas y empresas de Manresa y el Bages que han sufrido un daño por culpa o negligencia de un tercero: accidentes no laborales, caídas, daños en bienes, perjuicios económicos por incumplimiento, daño moral. Conocemos los criterios del Juzgado de Primera Instancia de Manresa y de la Audiencia Provincial de Barcelona en materia de responsabilidad civil del art. 1902 CC.
Servicios en responsabilidad civil en Manresa
En García Rius Legal abordamos el este servicio con visión estratégica y resolución eficaz. Estos son los servicios principales que prestamos a particulares y empresas de Manresa y el Bages.
Responsabilidad civil extracontractual (art. 1902 CC)
El art. 1902 del Código Civil establece la obligación de reparar el daño causado por culpa o negligencia. Cubre lesiones, daños materiales, perjuicio económico y daño moral cuando hay relación de causalidad entre la conducta y el resultado. Es la base de la mayoría de reclamaciones civiles cuando no hay contrato previo entre las partes.
Daños y perjuicios contractuales (art. 1101 CC)
Cuando el daño deriva de un incumplimiento contractual (servicio defectuoso, mercancía no entregada, obra mal ejecutada), el cauce es el art. 1101 CC. Incluye daño emergente, lucro cesante y, en su caso, daño moral. El plazo de prescripción cambia respecto al extracontractual: cinco años en contractual frente a uno en extracontractual.
Caídas y accidentes en establecimientos
Caídas en supermercados, restaurantes, gimnasios, hoteles, vía pública mal conservada. La responsabilidad civil del titular del establecimiento o de la administración pública se rige por el art. 1902 CC y, frente a la administración, por la Ley 40/2015 (responsabilidad patrimonial). Documentar el accidente con parte oficial y testigos es decisivo.
Responsabilidad civil profesional
Negligencias profesionales (médicas, jurídicas, arquitectónicas, de gestoría) generan responsabilidad civil cuando hay lex artis incumplida y daño. La reclamación se dirige al profesional, a su entidad y, normalmente, a su aseguradora de responsabilidad civil profesional. El informe pericial técnico es la pieza clave.
Aplicación del baremo de tráfico a otros accidentes
El baremo del RDLeg 8/2004 (modificado por la Ley 35/2015) se aplica directamente a accidentes de tráfico, pero la jurisprudencia lo usa orientativamente en otros accidentes con lesiones. Calcular bien la indemnización requiere conocer cómo se aplican los factores de corrección, los días de baja, las secuelas y el lucro cesante.
Nuestro proceso
Cada caso de este servicio sigue un protocolo de trabajo definido. Estos son los cuatro pasos que aplicamos desde la primera reunión.
1. Análisis del daño y la prueba
Revisamos parte médico, informes técnicos, presupuestos de reparación, facturas y testigos. Identificamos al responsable y a la aseguradora si la hay. Calculamos la indemnización orientativa con el baremo aplicable.
2. Reclamación extrajudicial
Antes del juzgado, requerimiento al causante y a su aseguradora. La mayoría de aseguradoras hacen primera oferta a la baja. Negociamos al alza con pericial y argumentación jurídica.
3. Demanda civil
Si no hay acuerdo, demanda al Juzgado de Primera Instancia de Manresa (o competente por reparto). Articulamos prueba documental, pericial y testifical. Defendemos en vista.
4. Cobro y ejecución
Sentencia firme y ejecución directa contra la aseguradora cuando la hay. Si no hay aseguradora, ejecución sobre el patrimonio del responsable.
¿Por qué elegir a García Rius Legal como tu abogado de responsabilidad civil en Manresa?
- Conocemos a las aseguradoras que operan habitualmente en la zona y sus criterios de oferta.
- Red de peritos médicos y técnicos para soportar la pericial con criterio independiente.
- Atención bilingüe ES/CA y sede en Manresa, Carrer Jaume I 1.
- Cruzamos con penal cuando procede: si el hecho tiene relevancia penal (imprudencia con lesiones, daños por delito), valoramos acusación particular para obtener responsabilidad civil derivada.
Tu equipo de abogados de responsabilidad civil en Manresa y el Bages
Asistimos a particulares y empresas de toda la comarca del Bages. Las reclamaciones más frecuentes que llevamos: caídas en establecimientos, accidentes deportivos, daños por obras de comunidades vecinas, incumplimientos contractuales con daño económico, negligencias profesionales no médicas y reclamaciones por daño moral.
El éxito de una reclamación de responsabilidad civil depende de tres factores: prueba sólida del daño, acreditación de la culpa o negligencia y cuantificación correcta. Sin esos tres pilares, la aseguradora ofrecerá lo mínimo o la demanda perderá fuerza.
Preguntas frecuentes sobre responsabilidad civil en Manresa
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar daños y perjuicios?
El plazo en responsabilidad extracontractual (art. 1902 CC) es de un año desde que el perjudicado pudo ejercitar la acción (art. 1968.2 CC), normalmente desde la estabilización de las lesiones. En responsabilidad contractual (art. 1101 CC), cinco años desde el incumplimiento. Reclamaciones a la administración pública por responsabilidad patrimonial: un año.
¿Cómo se calcula la indemnización por lesiones?
Se aplica el baremo del RDLeg 8/2004 modificado por la Ley 35/2015: días de baja (impeditivos, no impeditivos, hospitalarios), secuelas valoradas en puntos, factor de corrección por circunstancias económicas y personales, perjuicio estético y, en su caso, lucro cesante. Para lesiones leves, los importes son moderados; para lesiones graves o permanentes, la indemnización puede ser muy elevada.
¿Puedo reclamar daño moral?
Sí, cuando se acredita un perjuicio extrapatrimonial relevante: sufrimiento psicológico documentado, afectación a la dignidad, perjuicio a derechos de la personalidad. El daño moral admite valoración pericial psicológica y, en algunos casos, valoración judicial directa. Su cuantificación es siempre discutida.
¿Y si quien me causó el daño no tiene aseguradora?
Se reclama directamente contra el responsable. Si no tiene patrimonio suficiente, la sentencia se ejecuta sobre lo que tenga (salario, cuentas, vehículos, inmuebles). El Consorcio de Compensación de Seguros cubre algunos supuestos específicos (accidentes con vehículo no asegurado, por ejemplo) pero no la mayoría de daños civiles ordinarios.
¿La oferta motivada de la aseguradora me obliga a aceptar?
No. La Ley 50/1980 del Contrato de Seguro obliga a la aseguradora a formular oferta motivada en plazo. Esa oferta es una primera posición negociadora, normalmente baja. Tienes derecho a rechazarla y a discutir la cuantía en vía judicial. La aseguradora soporta intereses moratorios del art. 20 LCS cuando demora injustificadamente el pago.
¿Dónde se tramitan las demandas de responsabilidad civil en Manresa?
Los Juzgados de Primera Instancia de Manresa son competentes por reparto en demandas de responsabilidad civil ordinaria con domicilio del demandado o lugar del hecho en Manresa. Los recursos de apelación se resuelven en la Sección Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona.
Contacta con tu abogado de responsabilidad civil en Manresa
Rellena el formulario con la fecha del hecho, breve descripción y aseguradora implicada (si la conoces). Revisamos plazos y te llamamos.
C/ Jaume I, 1, 1r 4a. 08241 – Manresa
9:00 – 18:00
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